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Banca, seguros y servicios financieros

Sobre el sector

La banca, los seguros y los servicios financieros emplean 470 000 trabajadores en España, según los datos del INE y del Banco de España. El sector ha vivido una concentración mayor de las redes (CaixaBank-Bankia, BBVA-Sabadell anunciada) que reduce el número de oficinas pero conserva una densidad significativa: cerca de 18 000 oficinas físicas en operación. Aunque la siniestralidad declarada es muy baja, con un índice de incidencia inferior a 700 accidentes por cada 100 000 trabajadores, las obligaciones de prevención son las mismas que para cualquier empleador y la presión psicosocial (estrés, agresiones en ventanilla) constituye un riesgo emergente reconocido.

470 K

trabajadores en España

700

Índice incidencia (×100 K)

4 K

AT con baja/año

Los riesgos en oficinas y sedes centrales son principalmente psicosociales y ergonómicos. Los trastornos musculoesqueléticos relacionados con el trabajo en pantalla afectan a una parte importante del personal de back-office, lo que activa las obligaciones del Real Decreto 488/1997 sobre PVD. Las agresiones en ventanilla y los atracos, aunque raros, exigen procedimientos de prevención y formación específica del personal, así como acompañamiento psicológico tras los hechos.

 

Las obligaciones generales de la Ley 31/1995 se aplican plenamente: designación de un delegado de prevención por tramo de plantilla (entre uno y ocho según el tamaño de la empresa), constitución de un Comité de Seguridad y Salud para los centros de más de 50 trabajadores, formación obligatoria del personal en prevención de incendios y evacuación, designación de equipos de primera intervención y de equipos de alarma y evacuación. La concentración de personal en torres de oficinas, frecuentemente clasificadas como establecimientos de pública concurrencia, impone el cumplimiento del Código Técnico de la Edificación (Documento Básico SI) y simulacros anuales de evacuación.

Los principales riesgos que debes conocer

Primeros auxilios en el trabajo

El artículo 20 de la Ley 31/1995 obliga a disponer de personal formado en primeros auxilios.

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Incendios, emergencias y evacuación

El artículo 20 de la Ley 31/1995 obliga a designar y formar a los equipos de intervención y evacuación.

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Representación de los trabajadores en PRL

Los delegados de prevención requieren formación específica conforme a la Ley 31/1995 y al RD 39/1997.

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Ergonomía y manipulación de cargas

El RD 487/1997 regula la prevención de los riesgos derivados de la manipulación manual de cargas.

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Los desafío del mañana...

El sector financiero está sometido a una doble presión regulatoria : por un lado las exigencias prudenciales (BCE, EBA, ESMA) y por otro las exigencias de prevención de los riesgos psicosociales, que el INSST ha colocado en el centro de su estrategia plurianual. Las reestructuraciones repetidas, la digitalización acelerada y la reducción de las redes de oficinas generan un estrés crónico que el Comité Europeo de Derechos Sociales y los sindicatos del sector documentan ampliamente.

 

La obligación de redactar un plan de prevención de los riesgos psicosociales se refuerza con la transposición de la directiva europea sobre el derecho a la desconexión digital, ya inscrita en el artículo 88 de la LOPDGDD y en numerosos convenios colectivos del sector. La formación de los mandos en gestión de los riesgos psicosociales, la designación de delegados de prevención formados específicamente sobre estos temas y la integración del riesgo psicosocial en la evaluación de riesgos (RD 39/1997) se convierten en obligaciones operativas y en un argumento para atraer y retener a los perfiles cualificados.

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