
Ferroviario
À propos
El sector ferroviario emplea 32 000 trabajadores en España, agrupados entre el gestor de infraestructura (ADIF), los operadores de viajeros (Renfe, Ouigo, Iryo) y mercancías, los industriales del material rodante (CAF en Beasain, Talgo en Las Matas y Rivabellosa) y las empresas de instalación, mantenimiento y obras ferroviarias. España cuenta con la primera red de alta velocidad europea con cerca de 4 000 km de líneas AVE en operación, una red convencional de 12 000 km y un parque de cerca de 30 000 vehículos ferroviarios.
32 K
trabajadores ferroviarios
2 200
Índice incidencia (×100 K)
800
AT con baja/año
Los riesgos ferroviarios son específicos y muy regulados. Las intervenciones sobre vía (mantenimiento, obras, señalización) imponen procedimientos de seguridad estrictos definidos por ADIF y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF): cortes de circulación, sistemas de alarma, calzas de seguridad, formación específica de los operarios sobre las reglas de circulación. La catenaria 25 kV CA y 3 kV CC presenta un riesgo eléctrico mayor que exige habilitaciones específicas (RD 614/2001) y procedimientos de consignación estrictos antes de cualquier intervención.
Los talleres de mantenimiento del material rodante (depósitos, bases de mantenimiento) acumulan riesgos industriales clásicos (soldadura, mecánica pesada, electricidad de tracción, productos químicos) y específicos ferroviarios (trabajos sobre vehículos pesados, intervenciones en fosos, manipulación de baterías de tracción). El despliegue de los nuevos trenes (S-106 Talgo Avril, S-103 Velaro AVE, trenes regionales) introduce nuevas tecnologías (electrónica de potencia, baterías híbridas, hidrógeno experimental) que reclaman formaciones específicas para los técnicos de mantenimiento. Las obras de ampliación y mantenimiento de la red AVE, financiadas por los fondos europeos, multiplican las obras de coactividad ferroviaria.
Les principaux risques à connaître
El Real Decreto 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico obliga al empresario a garantizar que todo trabajador que ejecute, dirija o supervise trabajos en o en proximidad de instalaciones eléctricas disponga de la formación, información y autorización adecuadas. La norma UNE-EN 50110-1 sobre explotación de instalaciones eléctricas y el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD 842/2002) sirven de referencia técnica. El empresario debe organizar la formación, evaluar las competencias, otorgar la autorización por escrito según la categoría del trabajador (autorizado, cualificado, jefe de trabajo) y renovarla periódicamente. El incumplimiento puede acarrear responsabilidad administrativa, civil e incluso penal en caso de accidente grave.
El artículo 20 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a analizar las posibles situaciones de emergencia y a designar al personal encargado de poner en práctica las medidas de primeros auxilios, comprobando periódicamente su correcto funcionamiento. El Real Decreto 486/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo precisa la dotación material mínima de botiquines y locales de primeros auxilios en función del número de trabajadores y del tipo de actividad. La formación debe ser impartida por profesionales sanitarios o entidades acreditadas y renovarse periódicamente para mantener la operatividad de los socorristas designados.
El artículo 19 de la Ley 31/1995 y el Real Decreto 1215/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de equipos de trabajo obligan al empresario a garantizar que los trabajadores encargados de la conducción de carretillas elevadoras, plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP), grúas torre, grúas móviles o equipos de movimiento de tierras hayan recibido una formación específica y adecuada, así como una autorización por escrito del empresario. Las normas UNE 58451 (carretillas), UNE 58923-3 (PEMP) y UNE 58101 (grúas torre) son la referencia técnica reconocida por la Inspección de Trabajo y los grandes contratantes. La autorización debe renovarse en caso de cambio de equipo o de condiciones de uso.
El Real Decreto 2177/2004, que modifica el Real Decreto 1215/1997 en lo relativo a la utilización de equipos para trabajos temporales en altura, obliga al empresario a evaluar el riesgo de caída de altura y adoptar las medidas de protección colectiva y, en su defecto, individual necesarias. La formación específica sobre trabajos en altura (uso de EPI anticaídas, montaje y uso de andamios, plataformas elevadoras móviles de personal) es obligatoria conforme al artículo 19 de la Ley 31/1995. La norma UNE-EN 363 regula los sistemas anticaídas, y la Guía Técnica del INSST sobre trabajos en altura precisa las buenas prácticas exigibles. La presencia de un recurso preventivo es obligatoria conforme al RD 604/2006.
El artículo 32 bis de la Ley 31/1995 y el Real Decreto 604/2006 obligan al empresario a designar uno o varios recursos preventivos con presencia obligatoria en determinadas actividades: trabajos con riesgos especiales (espacios confinados, trabajos en altura con riesgo de caída, riesgo de sepultamiento, presencia de explosivos, atmósferas explosivas), procesos donde concurran operaciones sucesivas o simultáneas que hagan preciso el control específico, y actividades determinadas por la Inspección de Trabajo. El recurso preventivo debe contar con la formación mínima de nivel básico en prevención de riesgos laborales (30 horas en general, 50 horas en el sector de la construcción) y vigilar el cumplimiento efectivo de las medidas preventivas durante la actividad. Su ausencia o insuficiencia constituye una infracción grave o muy grave conforme a la LISOS.
El artículo 14 de la Ley 31/1995 obliga al empresario a proteger la salud física de sus trabajadores, especialmente frente a los trastornos musculoesqueléticos (TME), primera causa de enfermedad profesional declarada en España según los datos del INSST. El Real Decreto 487/1997 sobre manipulación manual de cargas y la Guía Técnica del INSST establecen las obligaciones específicas de evaluación ergonómica, información y formación de los trabajadores. Los convenios colectivos sectoriales (construcción, industria, sociosanitario, logística) refuerzan a menudo esta exigencia, y la falta de formación puede generar responsabilidad para el empresario en caso de accidente o enfermedad profesional reconocida.
Les enjeux de demain...
La liberalización del transporte ferroviario de viajeros desde diciembre de 2020 ha hecho entrar nuevos operadores (Ouigo, Iryo) en el mercado español, lo que ha intensificado la competencia y multiplicado los actores en la red. Esto refuerza la complejidad de la coordinación de seguridad sobre las vías, donde múltiples empresas pueden operar simultáneamente. La aplicación del Reglamento UE 2018/762 sobre el sistema de gestión de la seguridad obliga a todos los actores a documentar sus formaciones y a poder demostrar la cualificación de su personal operativo.
Los planes de inversión masivos (Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Cercanías) multiplican las obras ferroviarias (líneas nuevas, regeneración, electrificación, accesibilidad de estaciones, mejora de Cercanías). La Inspección de Trabajo y la AESF, en coordinación, refuerzan los controles sobre la conformidad de las habilitaciones y de los certificados de aptitud del personal. La penuria de electricistas ferroviarios cualificados constituye un cuello de botella industrial reconocido y un argumento de atracción de talento para los actores que pueden ofrecer un camino de cualificación rápido y certificante.
Les + Certalis
Votre satisfaction est notre plus grande récompense.
Documents 100% digitalisés
Accès gratuit à la plateforme 24/7
Réservations réactives en un clic
Conformité des employés sans stress
Qualité de formation reconnue
Support client humain et réactif
Questions fréquentes
Trouvez les réponses aux questions les plus fréquemment posées.
Vous n'avez toujours pas votre réponse ?
Contactez l'un de nos conseillers.
Certalis le apoya de principio a fin en la gestión de su formación en seguridad en las empresas. Reserve su formación normativa con un solo clic, cree contenido de sensibilización y supervise el cumplimiento por parte de sus empleados. Centralice todos sus documentos en su espacio en línea.
Sí, ofrecemos formación personalizada que se puede impartir directamente en su lugar de trabajo. Estos cursos personalizados le permiten abordar situaciones específicas de su entorno y minimizar el tiempo que pasa en la planta de producción. Nuestro equipo está a su disposición para analizar sus necesidades y adaptar los cursos de formación a su empresa.
Realice sus solicitudes de reserva directamente desde su espacio Certalis y obtenga cotizaciones personalizadas en unas pocas horas.
Conéctese gratis a nuestra plataforma en línea y reserve los cursos que necesita con un solo clic.
Gestionamos todas las tareas administrativas asociadas. Estamos a su disposición para asesorarle sobre los cursos que mejor se adapten a sus necesidades.
Vous n'avez toujours pas votre réponse ?
Contactez l'un de nos conseillers.





