
Madera, papel, cartón e imprenta
Sobre el sector
La industria de la madera, el papel, el cartón y las artes gráficas emplea 95 000 trabajadores en España, repartidos entre cerca de 14 000 empresas. España es el cuarto productor europeo de papel con una capacidad de producción anual de 6,5 millones de toneladas y una facturación sectorial superior a los 5 500 millones de euros. La industria de la madera concentra polos importantes en Galicia, Cataluña y el País Vasco, mientras que la imprenta y las artes gráficas se distribuyen alrededor de Madrid y Barcelona. La siniestralidad es elevada con un índice de incidencia próximo a 5 500 accidentes por cada 100 000 trabajadores.
95 K
trabajadores en España
5 500
Índice incidencia (×100 K)
6 K
AT con baja/año
Los talleres de transformación de la madera (aserraderos, fábricas de muebles, carpinterías industriales) generan atmósferas explosivas por polvo de madera reguladas por el Real Decreto 681/2003, así como un riesgo de incendio muy elevado que impone procedimientos APPCC específicos y formaciones de evacuación reforzadas. El polvo de maderas duras está clasificado como cancerígeno categoría 1 por el CIIC, lo que activa las obligaciones del Real Decreto 665/1997 sobre agentes cancerígenos.
Las máquinas-herramienta (sierras, cepilladoras, fresadoras, prensas, encoladoras) exigen formaciones del operario, dispositivos de seguridad conformes al Real Decreto 1215/1997 y procedimientos de consignación-bloqueo (LOTO) para todo mantenimiento. Las plantas papeleras concentran riesgos químicos importantes (sosa, cloro, dióxido de cloro, peróxidos), zonas ATEX en torno a los almacenes de productos químicos y máquinas continuas de gran tamaño que combinan riesgo térmico, eléctrico y de aplastamiento. La imprenta utiliza tintas, disolventes (UV, base agua, base disolvente) y soluciones de fuente que exponen a los operarios a productos COV y CMR, regulados por el Real Decreto 374/2001.
Los principales riesgos que debes conocer
El artículo 20 de la Ley 31/1995 obliga a disponer de personal formado en primeros auxilios.
El artículo 20 de la Ley 31/1995 obliga a designar y formar a los equipos de intervención y evacuación.
El RD 681/2003 regula la protección de los trabajadores expuestos al riesgo de atmósferas explosivas (ATEX).
El RD 374/2001 exige formación e información sobre los riesgos derivados de los agentes químicos peligrosos.
El artículo 19 de la Ley 31/1995 y el RD 1215/1997 obligan a acreditar la formación de los operadores. Las normas UNE y los carnets oficiales fijan el estándar por tipo de máquina.

El RD 487/1997 regula la prevención de los riesgos derivados de la manipulación manual de cargas.
El RD 614/2001 exige formación específica segun el nivel de cualificación y la tensión.
El RD 39/1997 regula el nivel básico y el recurso preventivo; el RD 1627/1997 la coordinación de seguridad y salud en obra.
Los desafío del mañana...
La transición ecológica impacta directamente el sector. La sustitución progresiva del plástico por el cartón y los embalajes a base de fibra dispara los volúmenes de producción y, mecánicamente, la exposición de los trabajadores a los riesgos asociados. La obligación de reducir las emisiones de COV, transpuesta del Real Decreto 117/2003, modifica los procesos de impresión y exige formaciones específicas sobre los nuevos productos sustitutos. La Inspección de Trabajo intensifica los controles sobre la conformidad de las máquinas y la trazabilidad de las formaciones.
En un sector mayoritariamente compuesto por pymes industriales, la profesionalización de la función de PRL constituye un reto estructural. La designación de un servicio de prevención propio o concertado, la presencia de un recurso preventivo para los trabajos peligrosos (consignaciones, intervenciones en altura, espacios confinados de las balsas) y la formación inicial y periódica de los operarios se imponen como condiciones de continuidad de la actividad y de aseguramiento. La concentración de incidentes graves sobre operarios noveles refuerza la prioridad sobre la formación de los nuevos contratados.
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